miércoles, 29 de diciembre de 2010

CAStigados

El régimen laboral en el sector público cada vez más desordenado y siempre con el interés de conculcar los derechos sociales, democráticos y profesionales de los trabajadores. Los antecedentes de este régimen se remontan al Decreto Ley 11377 denominado estatuto del servicio civil que fue promulgada por Manuel A Odria el año 1950. Ella establecía que los empleados públicos que tenían funciones permanentes por tres meses consecutivos lograban su estabilidad laboral en el puesto de trabajo. E ingresaba a la carrera del servicio público con todos los derechos. En dicha oportunidad establecía una jornada de trabajo de 7 horas 45 minutos desde el mes de abril hasta diciembre. Mientras que en el verano trabajan solo 5 horas 45 minutos los meses de Enero a Marzo. Además que para ingresar tenían como requisito mínimo la primaria completa. El sistema de pensiones y de salud al que se acogían era al de la contributiva con una filosofía de solidaridad de los activos para los pasivos y de los que estaban en buena salud para los que estaban mal. Tanto los trabajadores como el estado contribuían. Este sistema duró hasta el año 1984 ( Amparo a la Constitución de 1979) cuando se publico el decreto legislativo 276

El D.L. 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y El Sistema de Remuneraciones acogió a los servidores de carrera del servicio público del Decreto Ley N° 11377. Sin ninguna cortapisa. A pesar de que las exigencias para el ingreso de la carrera ahora eran la secundaria completa y el régimen de horario se mantuvo. Los contratados eran por servicio no personales para realizar obras o servicios concretos. Los contratados a prueba para el ingreso a la carrera ya no eran los tres meses sino los dos años y siempre en cuando haya disponibilidad presupuestal. Pero, los nombramientos comenzaron luego del periodo de prueba por que como es natural el estado crecía, no por el ritmo del crecimiento poblacional pero, seguía creciendo en forma desordenada ya que los nombramientos se realizaban para ejercer la función pública en el interior del país y realmente dichos nombrados se quedaban en Lima. Haciendo de Lima el centro de reclutamiento mayor de los trabajadores de la administración pública.

El régimen de pensiones y de salud sufrieron algunas variantes durante el periodo 1985-1990 ya que los trabajadores del estado que estaban en el régimen del D.L. 19990 y particularmente los trabajadores de las empresas estatales comenzaron a pasarlos para el régimen de pensiones de la 20530 (cedula viva). Tal es así que dicho régimen se extendió para el magisterio hasta los que ingresaron el año 1980, los trabajadores del sector público que ingresaron hasta febrero de 1974. A las que se acogían los trabajadores de las empresas públicas que pasaban a ser funcionarios públicos. De modo que los servidores vinculados al partido de gobierno (APRA) y que fueron funcionarios del estado de confianza se jubilaban con seis meses de ejercicio en la función pública de confianza y con dicho sueldo de base lograban una pensión de funcionario pasivo similar al del que estaban en actividad. En dicho periodo gubernamental los empresarios no pagaban impuestos y los salarios y las pensiones solo se pagaban con la maquinita que llevo al proceso inflacionario más grande que hayamos tenido y que desnaturalizaba las remuneraciones y el sistema pensionario.

El gobierno de Alberto Fujimori encontró este desorden y con remuneraciones que no alcanzaban para la adquisición de una canasta familiar para la sobrevivencia y optaron por un plan de despido bajo el pretexto de la evaluación semestral. Esta ola de despidos llego durante el periodo gubernamental hasta 250 000 trabajadores que hasta ahora siguen reclamando su reposición. Pero asimismo, para evitar el sistema pensionario de la 20530 optaron por una política remunerativa de incentivos vía CAFAE desde el año 1992 con la obligación de que el servidor público se quedara hasta las 6:30 p.m. desde las 8 a.m. durante todo el año. Es decir, las remuneraciones bajo el sistema del D.L. 276 y un adicional de estimulo vía CAFAE que era otro sueldo en algunos casos. Esta política continua hasta ahora y este año 2011 terminan de incentivar a todos los trabajadores en general vía CAFAE que van desde 100 nuevos soles hasta según las malas lenguas o buenas lenguas hasta 10 000 nuevos soles en el MEF, en la SUNAT y otros.

El sistema del PNUD para los funcionarios de confianza igualmente empezaron desde el año 1992 y el pago era en dólares. Este sistema de pagos por la ley de presupuesto está prohibido pagar en moneda extranjera. Pero el PNUD lo hacía por encargo del MEF. Los funcionarios igualmente podían cobrar un sueldo como PNUD y otro como funcionario del estado. Uno con moneda nacional y otro con moneda extranjera. De este modo tanto el CAFAE como el PNUD eran utilizado para evitar el sistema de la 20530 esa era la justificación.

Ahora, conocemos también que los altos funcionarios igualmente cobraban por el SIN-Servicio de Inteligencia Nacional- .Es decir, el sistema de remuneraciones seguían pervirtiéndose no para favorecer a los trabajadores sino a los altos funcionarios.

Con la llegada de Toledo Manrique, los sueldos de los altos funcionarios aumentaron sustantivamente de modo que el propio Toledo ganaba mas de 30 000 nuevos soles y que con la presión mediática se bajo a mas de 20 000 nuevos pero la diferencia según el los daba para los canillitas. Es así como los sueldos de los altos funcionarios seguía siendo altos mientras que los trabajadores del régimen de la 276 seguían siendo las cenicientas del estado. Es con Alejandro Toledo que se inicia la indemnización por supuestos despidos arbitrarios a los funcionarios de confianza y quienes por el tiempo de servicio cobraban una indemnización de sueldo y medio ( los funcionarios bajo el régimen del D.L. 728) hasta que se evidenció con el ingeniero Barrios de Es Salud que se auto despidió y se auto indemnizo tanto en Es Salud como en la Municipalidad de Huancayo. Los trabajadores contratados eran objeto de enganches con las service o cooperativas que cobraban por los trabajadores sueldos importantes y al trabajador contratado le pagaban una miseria sin ningún beneficio social.

Ahora con la llegada de Alan García 2006-2010 la política laboral continúo y demagógicamente creo el CAS. Contrato Administrativo de Servicio- ( popularmente llamados CAStigados) que no es otra cosa que los contratos por servicios no personales pero con descuentos por seguro, pensiones de la AFP, 20% de impuesto a la renta a quienes superen más de los 1300 nuevos soles y sin gratificaciones de diciembre, fiestas patrias, ni escolaridad y las vacaciones solo por 15 días. Pero tienen que trabajar marcando la tarjeta de entrada y salida. Este hecho no le corresponde al servicio no personal.

En tal medida ahora más de 80 000 servidores del estado vienen realizando funciones permanentes con la modalidad del CAS y sin los derechos de los trabajadores nombrados bajo el régimen del D.L. 276 y del D.L. 728. Esta discriminación de los servidores no solo en los derechos económicos y sociales sino también en lo democrático por que no pueden organizarse sindicalmente por que inmediatamente es despedida. Este es el régimen de Alan García en su segundo gobierno. Los del CAS en muchas instituciones constituyen la mayoría de los trabajadores de dicha institución.

La nueva perversión salarial es el pago a los gerentes de SERVIR que por un mismo empleo le pagan hasta dos instituciones tanto la de destino como la de origen. Obviando la carrera de la administración pública e imponiendo una estabilidad laboral para los funcionarios propuestos por ellos a los gobiernos locales o las regiones. A pesar de los desacuerdos de la región o el gobierno local.

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