miércoles, 23 de junio de 2010

DECRETOS DE URGENCIA NO SON LEY NACIONAL

El Art.118 inciso 19 de la constitución señala: " que corresponde al Presidente de la Republica dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar o derogar los referidos decretos de urgencia”. Resulta que el gobierno cuando no quiere debatir públicamente una norma apela al decreto de urgencia para suspender o derogar una ley en forma inconstitucional.

El Congreso de la Republica del Perú tiene capacidad para modificar o derogar un decreto de urgencia, pero, el actual congreso no efectúa su labor de control sobre estos decretos de urgencia que han servido para que el actual gobierno dirija al país inconstitucionalmente. Legislando a espaldas del congreso a través de decretos de urgencia y principalmente para afectar los derechos conquistados por los trabajadores a través de una ley.

Por ejemplo en el año 2007 los trabajadores del poder judicial ganaron el derecho a que se distribuya los saldos presupuestales no utilizados en ese año por la administración central y que hayan cumplido sus objetivos- en ese tiempo los presupuestos eran cancelatorios y lo no ejecutado se devolvía al tesoro para su posterior ejecución o ir a un fondo de estabilidad que inclusive llego a un 2% del PBI- Pero, el gobierno suspendió y en la practica derogo este beneficio para los trabajadores del poder judicial que provoco que la huelga general indefinida continuara y dicho poder se quedara sin trabajar o sin brindar el servicio de administración de justicia para los ciudadanos.

Ahora, por la crisis financiera y económica internacional que afecto al mundo en Perú se dieron dispositivos (ley nacional) que permita frenar la ola recesiva que venia desde fuera del país. Una de ellas fue devolverle el derecho a la gratificación de los trabajadores sin ser afectados por las comisiones de las AFP y que las tasas del gobierno sean trasladados a los trabajadores en un 9% de sus sueldos. Con ello, los trabajadores vieron incrementar sus ingresos por la gratificación que no es un sueldo. El poder ejecutivo pretendería no debatir la norma y por la presión de las AFP y de ES SALUD volver a descontar las gratificaciones ilegalmente, inconstitucionalmente emitiendo un decreto de urgencia derogando una ley que favorece a los trabajadores.

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